viernes, 2 de enero de 2015

Justificación documental del gasto

IS
DGT CV V0386-14 de 14 de febrero
RD Legislativo 4/2004 del TRLIS (artículos 10.3, 19 y 133)

Una entidad desarrolla su actividad de montaje de estructuras alejados de zonas urbanas y decide comprar alimentos y bebidas, además de de alquilar viviendas a nombre de la empresa para los trabajadores, en ambos casos en vez de pagar dietas a los trabajadores.

Se plantea la cuestión de si son fiscalmente deducibles las compras de alimentos y las facturas de alquiler de las vivienda.

La DGT contesta que la justificación documental del gasto, se trata de una cuestión de hecho que deberá acreditarse por cualquier medio admitido en Derecho y que no puede especificar cualés son los medios más idóneos para acreditar la cuestión planteada ya que no están contemplados de forma explícita en la Ley del Impuesto ni en las normas dictadas en su desarrollo, siendo el interesado quien habrá de presentar, en cada caso, los medios de prueba que, conforme a derecho, sirvan para justificar dichos gastos, los cuales serán valorados por la Administración tributaria competente en materia de comprobación.

Arrendamiento con opción de compra

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