domingo, 8 de febrero de 2015

Amortización de aerogenerador de un parque eólico

IS
DGT CV V1523-06, de 14 de julio de 2006

La sociedad consultante tiene prevista la adquisición de una serie de aerogeneradores para un parque eólico. Se plantea cuál sería el coeficiente de amortización lineal máximo de acuerdo con las tablas de amortización oficialmente aprobadas.

Los elementos patrimoniales objeto de adquisición por la consultante forman parte de una central eólica, por lo que procede aplicar a los aerogeneradores un coeficiente de amortización del 8%, con un período máximo de amortización de 25 años, previsto en el número 4 del grupo 151, bajo la rúbrica "Producción, transporte y distribución de energía eléctrica y gas", salvo que su depreciación contable efectiva fuese superior a la resultante de aplicar dichos coeficientes, en cuyo caso, la deducibilidad fiscal del exceso de amortización estará condicionada a la justificación de la efectividad de la depreciación mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

Arrendamiento con opción de compra

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