IS
DGT CV V1523-06, de 14 de julio de 2006
La sociedad consultante tiene prevista la adquisición de una serie de aerogeneradores para un parque eólico. Se plantea cuál sería el coeficiente de amortización lineal máximo de acuerdo con las tablas de amortización oficialmente aprobadas.
Los elementos patrimoniales objeto de adquisición por la consultante forman parte de una central eólica, por lo que procede aplicar a los aerogeneradores un coeficiente de amortización del 8%, con un período máximo de amortización de 25 años, previsto en el número 4 del grupo 151, bajo la rúbrica "Producción, transporte y distribución de energía eléctrica y gas", salvo que su depreciación contable efectiva fuese superior a la resultante de aplicar dichos coeficientes, en cuyo caso, la deducibilidad fiscal del exceso de amortización estará condicionada a la justificación de la efectividad de la depreciación mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.
Este blog de uso personal sirve de recopilación de diversa información sobre la fiscalidad, la contabilidad, la gestión de las empresas
Arrendamiento con opción de compra
IS DGT CV V1690-14, de 02 de julio de 2014 TRLIS RD Legislativo 4/2004 (artículos 10-3, 11 y 19) La sociedad consultante tiene en su pat...
-
IS DGT CV V0111-14, de 20 de enero La entidad consultante desarrolla la actividad de explotación agrícola. Se plantea la posibilidad de s...
-
IS DGT CV V1523-06, de 14 de julio de 2006 La sociedad consultante tiene prevista la adquisición de una serie de aerogeneradores para un ...