IS
DGT CV V0111-14, de 20 de enero
La entidad consultante desarrolla la actividad de explotación agrícola. Se plantea la posibilidad de solicitar informe a ingeniero agrónomo para que realice una valoración de los árboles con la intención de poder amortizarlos conforme a la vida útil que aparezca en el informe.
Siempre que la entidad pueda identificar y separar conceptualmente los distintos componentes de la finca rústica (terreno y árboles de producción) por medio de los justificantes adecuados, resultaría posible aplicar para cada uno de ellos, de forma independiente, los coeficientes de amortización específicos en las tablas, teniendo en cuenta a estos efectos que el terreno no es amortizable ni contable ni fiscalmente.
Respecto la valoración será el propio interesado quien habrá de aportar, en cada caso, los medios de prueba que, conforme a Derecho, sirvan para justificar dicha separación, los cuales serán valorados por la Administración tributaria competente en materia de comprobación.
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