1) (Art. 109) Libertad de amortización para las inversiones realizadas en elementos de activo material nuevos que generen creación de empleo.
2) (Art. 110) Libertad de amortizaciones para inversiones de escaso valor.
3) (Art. 111) Amortización del inmovilizado material nuevo, inversiones inmobiliarias y del inmovilizado intangible
4) (Art. 112) Pérdidas por deterioro de los créditos por posibles insolvencias de deudores.
5) (Art. 113) Aceleración de amortizaciones por reinversión