IS
DGT CV V0114-14, de 20 de enero 2014
TRLIS RDLeg 4/2004 artículo 140
RIS RD 1777/2001 artículos 58, 62-1
La entidad consultante es arrendataria de bienes inmuebles.
La factura de arrendamiento, aparte del precio del alquiler, puede contener otros gastos como basuras, comunidad de propietarios, IBI, etc.
Se plantea la cuestión si los gastos mencionados forman parte de la base de retención a cuenta del impuesto personal del arrendador junto con el precio del alquiler.
En los casos de arrendamiento de inmuebles, se debe entender por contraprestación íntegra el importe de la renta devengada así como los gastos que el arrendador repercuta al arrendatario, tales como los gastos de basura, comunidad de propietarios o IBI.
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Arrendamiento con opción de compra
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